Els mediadors demanen la fi dels abusos de les assegurances bancàries vinculades a hipoteques (La Vanguardia)
24.01.20
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Agentes y corredores temen que la voracidad de los bancos se traslade al suculento mercado de las pólizas de Salud para particulares y Responsabilidad Civil para directivos, autónomos y comerciantes
22/01/2020 07:49 Actualizado a 22/01/2020 10:11
El Consejo General de Mediadores de Seguros pedirá al ministerio de Economía el cumplimiento de la nueva normativa hipotecaria por parte de las entidades financieras para conseguir defender los intereses de los profesionales de la mediación y también de los consumidores que pueden acabar firmando pólizas caras, inadecuadas y con compensaciones y exclusiones alejadas de sus necesidades.
El Consejo, que reúne a 52 colegios profesionales de toda España, denunció ayer de nuevo que a pesar de que la Ley de Crédito Inmobiliario vigente desde el pasado 17 de junio de 2019 prohíbe, en su artículo 15, “las ventas vinculadas de seguros a los créditos hipotecarios”, esta práctica “sigue siendo habitual” en bancos y cajas.
El organismo representante de los mediadores españoles, con más de 7.000 miembros que la convierten en la organización de agentes y corredores de seguros más importante de España y más numerosa de Europa, alerta de nuevo de esta presión del sector bancaseguros a la hora de comercializar sus productos incumpliendo a menudo la normativa.
Denuncia también el Consejo la práctica de bancos y cajas forzando la domiciliación de la nómina o de recibos, la contratación de un seguro de hogar, de vida o las aportaciones a planes de pensiones. Esta situación se repite con el argumento de las entidades ante los clientes prometiendo algún tipo de mejora en el tipo de interés o ventajas de su hipoteca.
La entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario explica el Consejo, ha puesto límites a esta práctica y prohíbe expresamente estas ventas vinculadas, cuya contratación, en algunos casos, llega a condicionar la concesión del préstamo para la compra de vivienda.
Las advertencias del Consejo llegan al tiempo que la última alerta de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) señalando que las pólizas de protección particular vinculadas a créditos bancarios pueden perjudicar a los consumidores desinformados.
Tal y como ha recogido ‘Vivo Seguro-La Vanguardia’, la enorme presión con que algunos bancos comercializan estos seguros conduce a los consumidores a no prestar la atención necesaria a la hora de suscribir determinadas pólizas con lo cual quedan fuera de juego respecto a las exclusiones que se firman y a menudo desconocen lo que queda cubierto y lo que no.
Moderado optimismo entre el colectivo de agentes y corredores
Según Àlex Mestre, presidente Consell Català de Col.legis de Mediadors, el colectivo de mediadores es “moderadamente optimista” a partir de la aplicación de la nueva norma que debería poner fin a “una situación gravísima”. Lamentan, explica, que la situación ha afectado a miles de clientes sometidos a presiones y primas muy elevadas por parte de las entidades bancarias en el momento tan delicado de adquirir una vivienda.
Este optimismo inicial respecto a la limitación de la venta de seguros, preferentemente de Hogar, se torna en suspicacia y nueva preocupación porte de los mediadores que temen que el canal bancaseguros “abra” nuevas vías de captación de seguros muy atractivos como los de Salud o, incluso, Responsabilidad Civil.
Así, explica Mestre, los bancos insistirán ante sus clientes particulares en seguros “muy golosos” como Salud, “con primas muy altas y un nivel de pervivencia muy alta del cliente”. En el caso de las empresas, expone el presidente del Consell, “veremos como las entidades bancarias se abrirán a la venta de seguros de Responsabilidad Civil para administradores de empresas, directivos, autónomos y pequeños comerciantes”.
En general, el colectivo de mediadores observa con preocupación la voracidad de las entidades bancarias en el combate por el gran pastel asegurador nacional. Muy en concreto, se fijan en las fisuras que a su entender ofrece para sus intereses la oficialmente denominada Ley 5/2019 de 15 de marzo Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario.
Àlex Mestre alerta sobre dos artículos de este texto: el artículo 28 que “abre la vía a la ‘autoridad competente’ que puede determinar ventas ‘excepcionales’ de productos aseguradores a través de bancos” pero que no determina si esta ‘autoridad competente’ es el Banco de España o la dirección general de Seguros.
Además, advierte Mestre, “el artículo 17.4 faculta al prestamista a poder vincular a un préstamo otros productos que en representación de hijos, parejas, e incluso familiares de segundo grado, primos, firme el suscriptor de ese préstamo”.
El banco puede exigir un seguro en caso de hipoteca, pero la ley permite elegir libremente compañía
El consumidor puede estar obligado a tener un seguro en caso de contratar una hipoteca, pero la ley le permite elegir libremente la compañía. ¿Qué significa esto? Para el representante de los colegios catalanes de mediadores, que “los bancos podrán hacer ahora con los seguros de salud y, con más cobertura legal, los mismo que han hecho que los seguros ligados a hipotecas”.
Estas malas prácticas comportan, según los representantes de mediadores consultados por ‘La Vanguardia’, una “gran frustración” en el colectivo y una gran indefensión económica por parte de los clientes.
Informa el Consejo que, según un reciente estudio del comparador de consumo Kelisto.es, el rechazo de toda vinculación propuesta por el banco puede provocar que la cuota anual que el consumidor paga por su hipoteca variable aumente en torno a los 700 euros al año, lo que supondría abonar unos 15.000 euros más al final de la vida del préstamo.
En caso de que se hubiera optado por una hipoteca a tipo fijo el encarecimiento sería aún mayor: la cuota anual a pagar subiría de media, 750 euros al año, lo que implicaría un desembolso extra de 16.500 euros más cuando se terminara de devolver la deuda.
En el caso de la comercialización de pólizas de seguros de Hogar, Vida o Automóvil, las primas comercializadas por entidades bancarias pueden llegar a superar hasta en tres o cuatro veces los precios medios de las primas comercializadas por el canal de la mediación.
Desde el Consejo General de Mediadores explican: “el cliente debe saber que la ley le protege y que no debe aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener una mejor hipoteca”.
El banco puede exigir que el cliente contrate un seguro de vida que garantice el pago de su deuda o un seguro de daños para el inmueble objeto de la hipoteca, es decir un seguro de hogar, pero el consumidor puede elegir libremente con qué empresa desea contratar las pólizas”.
Para los mediadores, la contratación de un seguro alternativo al que ofrece la entidad financiera no puede implicar un empeoramiento en las condiciones del préstamo. Además, las entidades en sus ofertas tendrán que vender los contratos de seguros con vencimiento anual, y el tomador con plena libertad, podrá optar por renovarlos o cambiar de entidad aseguradora, sin que pueda afectar de forma desfavorable a las condiciones del crédito.
El Consejo destaca que “los mediadores son expertos en riesgos cuya labor es facilitar la máxima información al hipotecado sobre lo que firma, en relación con la contratación de los seguros de Vida y Hogar. Podrán realizar sin coste un análisis objetivo para determinar sus necesidades de cobertura, algo que los bancos no suelen hacer al estar, en la mayoría de los casos, vinculados a una sola aseguradora”, explican desde el organismo.