La DGSFP aprova un test d’idoneïtat obligatori per a assegurances d’inversió complexes (Seguros News)
18.09.20
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La Directiva indica que generalmente se requerirá una evaluación de la idoneidad o conveniencia de un producto de inversión basado en seguros para el cliente por parte del distribuidor de seguros. No obstante, el artículo 30.3 de la misma, permite que los Estados miembros decidan en la incorporación de la norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos, si derogan estas obligaciones y no requieren que se realice una prueba de la idoneidad o conveniencia durante la distribución de un producto de inversión basado en seguros cuando se cumplan diversas condiciones.
Una vez incorporada al ordenamiento jurídico español la citada Directiva, la DGSFP cree procedente la aplicación de estas Directrices para permitir identificar las estructuras o características contractuales que pueden dificultar que el cliente entienda los riesgos asociados a dichos productos.
Por eso, en virtud de lo dispuesto en el articulo 111.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, La DGSFP resuelve «hacer suyas las Directrices emitidas por EIOPA para la evaluación de productos de inversión basados en seguros que incorporen una estructura que dificulte al cliente la comprensión del riesgo implicado, a los efectos del artículo 30, apartado 3, de la Directiva 2016/97/UE, de 20 de enero, de distribución de seguros, de acuerdo con el artículo 16 del Reglamento UE 1094/2010, de 24 de noviembre».