Falsificar un parte amistoso de accidente te puede llevar a la cárcel (El País)
01.06.18
_
Esta práctica habitual es un delito castigado con una pena de hasta 3 años
SONSOLES NAVARRO SALVADOR
Madrid
Los partes amistosos que deben llevar obligatoriamente los conductores en sus vehículos se utilizan para dejar constancia de cómo se ha producido un accidente y que las aseguradoras puedan determinar quién ha tenido la culpa y si deben pagar los daños. Se incluyeron entre la documentación de los seguros acogidos a este sistema porque permiten agilizar mucho los trámites y que se indemnice a los perjudicados con gran rapidez.
El parte se debe completar y firmar de común acuerdo por los dos conductores en el momento del accidente y los datos que se reflejan en él se entiende que son verdad salvo que se demuestre lo contrario. Pero en muchas ocasiones se falsea su contenido para obtener un beneficio, defraudando a la compañía de seguros. Algunas veces se miente sobre cómo ha ocurrido el accidente para que la culpa recaiga sobre el conductor que no la tiene -porque su seguro es a todo riesgo y pagará a los dos-, otras se exageran las consecuencias para conseguir una mayor indemnización. Hay mucha variedad en lo que a partes falsos se refiere.
En los casos más graves se simula un accidente que no ha ocurrido nunca. Se llega a un acuerdo con alguien para presentar un parte amistoso y que el seguro del que reconoce la culpa corra, por ejemplo, con gastos de reparación o pague indemnizaciones por daños supuestamente ocasionados en el siniestro inventado.
Estas prácticas conllevan riesgos importantes que la mayoría de los conductores no conoce, se les podría juzgar por los delitos de falsificación de documento mercantil y estafa.
Las compañías de seguros cada vez investigan más la veracidad de las declaraciones amistosas de accidente y son muchos los casos que acaban en los tribunales.
Para empezar, de probarse que los conductores mintieron en el parte se les puede condenar por falsedad en documento mercantil, delito castigado por el Código Penal en su artículo 392 con pena de 6 meses a 3 años de prisión y multa. En ocasiones se ha considerado que los partes amistosos son documentos privados, no mercantiles, en cuyo caso su falsificación se castigaría con penas inferiores -de 6 meses a 2 años de prisión-, pero el Tribunal Supremo aclaró esta cuestión en una importante sentencia el 23 de mayo del año pasado, diciendo que son documentos mercantiles que forman parte de la documentación del seguro.
Además, como se utiliza el parte falso para obtener una indemnización de la aseguradora se incurre un segundo delito, el de estafa. Si a pesar de intentarlo no se consigue cobrar, el delito se comete en grado de tentativa, pero se castiga igualmente con penas de prisión y multa. Y las consecuencias son más graves si los defraudadores han llevado a juicio a la compañía de seguros para reclamar la indemnización y lo han conseguido engañado al juez con el parte falso. Es lo que se llama una estafa procesal. Para este caso hay penas superiores.
Además de esas condenas se les obligaría a devolver a la aseguradora las cantidades que hubieran conseguido obtener y a pagar los gastos que le hubiera generado el juicio, la investigación de lo ocurrido, etc.
Antes de mentir en un parte de accidente habrá que valorar si merece la pena arriesgarse.