El seguro no puede negar indemnización a un hombre por su pasado criminal (Cinco Días)
09.04.21
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La compañía debe aportar pruebas si cree que existe fraude
Tener un pasado delictivo no te convierte en eterno criminal. Así lo ha recalcado la Audiencia Provincial (AP) de Toledo en una reciente sentencia, en la que establece que los antecedentes penales de un hombre no justifican que el seguro le niegue una indemnización por el robo de su coche, ante la creencia de que todo se trata en realidad de un fraude.
Presunción de inocencia
El tribunal estima el recurso del asegurado contra la primera sentencia y concluye que no puede tacharse de perpetuo delincuente a aquel que un día lo fue. No existe, agrega, obligación de demostrar que se es inocente si se acusa solo con meros indicios o casualidades.
Los magistrados, en esta dirección, señalan que, por ejemplo, no es determinante que el hombre diese versiones contradictorias al detective contratado por el seguro. Tampoco que el automóvil estuviese averiado o que fuese demasiado antiguo para ser un objetivo para los ladrones, tal como defendía la compañía. Para el tribunal, es contradictorio sostener, por un lado, que el vehículo no puede ser robado, y por otro, cobrar por cubrir el riesgo ante posibles hurtos.
La Sala tacha también de «impertinentes» los problemas con la policía que pudiera tener el asegurado o su esposa. «Si no son prueba en modo alguno sus antecedentes penales aún menos lo son los meramente policiales», concluye.
Con estos argumentos, la AP condena a la compañía a indemnizar al propietario con 4.210 euros más intereses, así como a asumir los gastos judiciales en primera instancia.