El estado de alarma no anula las coberturas de los seguros de coches (La Vanguardia)
20.03.20
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La patronal sale al paso del bulo en las redes explicando que la declaración del Gobierno no modifica las protecciones que ofrece el seguro del automóvil y los expertos recomiendan revisar atentamente las exclusiones contenidas en cada póliza
XAVIER GRAU 17/03/2020 07:29 | Actualizado a 17/03/2020 09:42
La enorme retahíla de bulos surgidos a raíz de la declaración del Estado de Alarma por parte del Gobierno Español ha afectado también al sector asegurador sembrando la inquietud entre muchos usuarios al leer en las redes una nueva falsa noticia en el sentido que el Seguro español se desentendía en caso de accidente en actividades no autorizadas durante este período de quince días.
En las últimas horas, junto a desinformaciones, comentarios más o menos desafortunados y memes sobre los efectos y las medidas aplicadas en España contra el Covid-19, las redes amplificaron falsos rumores y bulos que han obligado a la patronal UNESPA a salir al paso garantizando toda cobertura debidamente contratada de cualquier tipo de seguro, especialmente de vehículos y asistencia sanitaria.
UNESPA indica que “la declaración del Estado de Alarma no modifica las protecciones que ofrece el seguro del automóvil, tanto en su modalidad de seguro a terceros como en el resto de las garantías”
Fuentes de la patronal aseguradora señalan que “esta declaración institucional se realiza a raíz de la aparición de algunas informaciones incorrectas en medios de comunicación y redes sociales en la jornada de hoy en las cuales se cuestionaba la continuidad de la protección”.
Desde el Col.legi de Mediadors d’Assegurances de Barcelona, su presidente, Francesc Santasusana, ha lamenta “el daño que hacen al sector este tipi de informaciones infundadas y la preocupación que genera en la sociedad”.
El representante de los mediadores barceloneses asegura que “una situación como la actual plantea dificultades” y problemas que tienen que ver “no con el compromiso de las compañías sino con las circunstancias por la que atravesamos”.
“Si un asegurado con una póliza de asistencia en viajes desea volver a su casa es imprescindible que haya vuelos y que las autoridades le permitan moverse del país”, expone a modo de ejemplo Santasusana.
Existen pólizas con cláusulas que limitan la prestación del seguro en casos de restricciones a la libre circulación o cualquier otra situación de fuerza mayor
Sin embargo, otras fuentes del sector consultadas por La Vanguardia advierten que es necesario consultar con detalle el texto de cada una de las pólizas que tengamos contratadas, verificando especialmente las exclusiones.
Puede darse la circunstancia que algunos seguros de vehículos incluyan excepciones relacionadas con la suspensión de las prestaciones en casos de guerra, manifestaciones populares, actos de terrorismo, sabotajes etc… Podría estar incluidas en estas excepciones situaciones vinculadas a detenciones o restricciones a la libre circulación o cualquier otro caso de fuerza mayor.
Expertos del sector asegurador español añaden que a pesar de no ser ésta una limitación a las coberturas muy extendida, existen en el mercado algunas compañías que podrían contemplar estas excepciones. Está claro que para ser aplicadas, requerirían haber sido firmadas por la persona asegurada al suscribir la póliza. Además, añaden estos especialistas, en caso de litigio sería necesario probar la relación que el percance tiene o no con los acontecimientos excluidos del seguro.
Tal y como ha informado Vivo Seguro, la patronal UNESPA ha reiterado que las pólizas de salud, asistencia en viaje y vida siguen cubriendo las prestaciones aseguradas e incluso se están pagando indemnizaciones por fallecimientos relacionados con el Covid-19
Al mismo tiempo, el sector destaca que la industria del seguro española cuenta con un nivel de solvencia elevado que le permite hacer frente a la situación desatada por la pandemia del COVID-19. En concreto, el sector excede en 2,4 veces los requisitos que establece la normativa.
El número de vehículos asegurados en España se situó en 31.779.846 unidades a cierre de 2019. Esta cifra supone un incremento interanual del 1,53%, según los datos del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).
Por otra parte, en el caso de los seguros de asistencia, la activación del seguro propio de viaje, según las coberturas contratadas, debe facilitar tanto la atención a la persona enferma en el lugar en que se encuentre como su repatriación al país de origen si así está debidamente contratado en el seguro de viaje suscrito.
A preguntas de este diario, desde el comparador de seguros Rastreator se afirma que “el estado de alarma declarado en España por motivo del Covid-19 no varía de ninguna forma la cobertura que el asegurado tenga contratada con su compañía de seguros habitual” tanto respecto al seguro a terceros como el seguro a todo riesgo.
Sin embargo, estas mismas fuentes puntualizan que “solo se puede hacer uso del vehículo privado en las situaciones específicas que ha marcado el propio Gobierno ante el estado de alarma (adquisición de alimentos o productos de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo, retorno al lugar de residencia habitual, asistencia o cuidados de personas dependientes…)”.