¿Cómo puede sobrevivir mi negocio tras un siniestro grave? (La Vanguardia)
23.11.18
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Esta una cuestión muy relevante en la planificación aseguradora de una empresa
JOAN MORALES Publicado a 12-11-2018 9:23
Es evidente que recibir la indemnización correspondiente a la reparación de los daños sufridos a raíz de un siniestro importante, como un incendio o una inundación grave, por ejemplo, es fundamental para que una empresa pueda superar un trance de este calibre. Pero esa indemnización correspondiente a los daños sufridos directamente en el siniestro no resuelve la totalidad de las consecuencias económicas de un incidente grave que puede paralizar el negocio durante mucho tiempo.
El periodo de reconstrucción y puesta en marcha de nuevo del negocio que se desarrollaba en una tienda, un taller, una industria, un hotel, etc., puede tomar bastante tiempo. Meses, incluso más de un año en el caso de negocios industriales complejos. Durante la paralización consecuencia del siniestro la empresa deberá seguir asumiendo unos gastos que no desaparecen, aunque se haya paralizado totalmente el proceso productivo: salarios, obligaciones financieras tales como el pago de créditos, alquileres, licencias, impuestos, importes mínimos de consumo de energía, agua y comunicaciones, etc.
Existe, como es de suponer, un instrumento asegurador para cubrir y hacer frente a este tipo de riesgos. Se trata de los Seguros de Lucro Cesante, conocidos también como Seguros de Pérdida de Beneficios. La finalidad de estos seguros es cubrir las pérdidas consecuenciales sufridas por el asegurado a raíz de un siniestro que esté previsto en el contrato de seguro.
Existen tres modalidades de aseguramiento del lucro cesante:
Paralización: El asegurador indemnizará un importe diario, fijado en la póliza, por cada día que el negocio permanezca inactivo a consecuencia de un siniestro previsto en el contrato. Suele limitarse a un máximo de 90 días.
Pérdida de Beneficios: Modalidad “Gastos Permanentes”. En esta modalidad el asegurador indemnizará los gastos permanentes en que haya incurrido el asegurado desde el momento del siniestro y hasta la recuperación de la facturación habitual de la empresa.
Pérdida de Beneficios: Modalidad “Beneficio Bruto”. Cobertura de idéntico funcionamiento al de la anterior, pero en que el objeto de cobertura se amplía al Beneficio Bruto, es decir, a la suma de los Gastos Permanentes más el Beneficio Neto que la empresa había venido generando antes del siniestro.
Mientras que la primera modalidad, la de paralización, suele ofrecerse en el aseguramiento de pequeños negocios destinados al comercio y restauración, las otras dos modalidades, especialmente la de Beneficio Bruto, son las que habitualmente se utilizan para el aseguramiento de los negocios empresariales a partir de un cierto tamaño y complejidad.
Aspectos a tener en cuenta
En el momento de la contratación del seguro se pacta el periodo máximo de cobertura que se asegura. Es muy habitual que, de no estar correctamente asesorado, el asegurado peque de optimismo respecto del tiempo necesario para reconstruir el riesgo asegurado tras un siniestro de gravedad, como un incendio. Periodos de cobertura de tres o seis meses, pueden revelarse cortos, especialmente si tenemos en cuenta que el objeto de cobertura es la recuperación del volumen de facturación habitual de la empresa. Es decir se cubre la Pérdida de Beneficios desde el momento del siniestro hasta que la empresa vuelve a recuperar su nivel de negocio habitual, anterior al siniestro, no simplemente “volver a fabricar, sino volver a los niveles de negocio anteriores al siniestro. Y eso puede tardar bastante más que la simple nueva puesta en funcionamiento del proceso productivo.
Aunque inicialmente el seguro de Pérdida de Beneficios cubría solamente los siniestros derivados de incendio o explosión, en la actualidad es posible incorporar otras causas, como las inundaciones o las averías de ciertas máquinas especialmente claves en el proceso productivo de una industria. Incluso puede cubrirse la pérdida de beneficios derivada de siniestros ocurridos en riesgos propiedad de clientes o de proveedoresque resultan claves en el negocio del asegurado.
En el caso de siniestros generados por causas cubiertas por el Seguro de Riesgos Extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que se haya contratado la cobertura de Pérdida de Beneficios, será este organismo el que asumirá la cobertura e indemnización del siniestro en las mismas condiciones que las pactadas con el asegurador privado de esta garantía (modalidad de aseguramiento, periodo de cobertura, franquicia, etc.).
En los seguros de Pérdida de Beneficios es habitual el establecimiento de una franquicia temporal. Normalmente esta franquicia se establece entre 2 y 7 días. Ello significa que, una vez calculada la pérdida de beneficios a indemnizar, no se abonará al asegurado la parte correspondiente a los primeros días del periodo que ha sido objeto de indemnización.
Algunas especializaciones
Existen en nuestro mercado asegurador soluciones aseguradoras para todo tipo de situaciones. Relacionados con la cobertura de pérdidas pecuniarias por la paralización de un negocio, existen seguros especializados en la suspensión de espectáculos por razones meteorológicas, por la incomparecencia de los artistas, fallos de suministro eléctrico u otras causas, siempre que sean imprevistas, accidentales y ajenas a la voluntad del organizador o promotor asegurado. De este modo pueden asegurarse también las pérdidas derivadas de la cancelación de congresos, conferencias, ferias, exposiciones, festejos, competiciones deportivas, etc.
Un seguro esencial para la empresa en momentos cruciales
Aunque puede parecer un seguro de mecánica compleja, en realidad es un seguro técnico, en el que si se establecen correctamente los parámetros necesarios para el cálculo adecuado del riesgo a asegurar, no reviste mayor complicación. El asesoramiento profesional de un mediador de segurosse hace imprescindible, pero estudiado el riesgo con atención y en toda su amplitud, permite a la empresa asegurada gozar de una herramienta aseguradora que puede relevarse como crucial para su supervivencia en caso de siniestros de cierta envergadura.