EVENTO
Implicaciones del COVID-19 en el sector asegurador (Visión desde la Mediación de Seguros)
()
DESCRIPCIÓN
CONTENIDO:
- Estado de alarma derivado del Coronavirus (RD 463/2020) y los contratos de seguros
- Exclusiones de cobertura por pandemia
- Agravación y Disminución del riesgo asegurado
- Obligaciones de los Mediadorse de Seguros frente el Covid-19
OBJETIVOS:
La declaración del estado de alarma por el contagio por coronavirus aprobado por el Real decreto 463/2020 ha provocado la necesidad de revisar todos los programas de seguros de Empresas, Sector Público, Profesionales y particulares. Ante el mediador de seguros se plantea todo un reto de calidad de servicio para sus clientes y cumplimiento de las obligaciones a las que se ve sometido en el ejercicio de su actividad.
El objetivo de la sesión se centra en valorar -desde el punto de vista de la mediación de seguros privados. las implicaciones del Covid-19 en el sector asegurador, desde tres perspectivas de enorme interés práctico.
En primer lugar, ¿cómo funciona en el contrato de seguro la exclusión de cobertura por epidemia y pandemia? En segundo lugar, una vez revisado todo el programa de seguros de la organización ¿el Covid-19 ha supuesto agravación del riesgo suscrito en su día? Y de ser así, ¿Qué tiene que hacer el asegurado ante la agravación del riesgo para no perder los derechos que le corresponden por el seguro? Y finalmente el último escenario a tener en cuenta es la posible disminución del riesgo en aquellas actividades que –por mandato legal- se hayan visto obligadas a suprimir la actividad o disminuirla de forma significativa. En tales casos, ¿cómo funciona la disminución del riesgo del asegurado de cara a solicitar el reembolso de la prima? Y sobre todo ¿Qué debe hacer el asegurado en caso de disminución del riesgo?
Por tanto, se abordaran los escenarios de los artículos 1 y 3 (exclusión de epidemias y pandemias), los artículos 11 y 12 (agravación del riesgo) y artículo 13 (disminución del riesgo), todos ellos de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro en todos los ramos y modalidades de aseguramiento posibles. Nos encontramos ante circunstancias imprevistas para las partes al suscribir el contrato de seguro, factores sobrevenidos, se precipitan en cadena a partir de un primer hecho generador que es la declaración de pandemia del COVID 19. Analizaremos todo ello a la luz de la «teoría de la Imprevisión» y la regla « rebus sic stantibus » siempre que se pueda demostrar que, a causa de la pandemia, el cumplimiento del contrato para una de las partes se ha vuelto desproporcionadamente gravoso o conlleva la asunción de un riesgo imprevisible al momento de la suscripción del contrato. El deber de buena fe en el tráfico jurídico conlleva que cuando, fuera de lo pactado, sin culpa de las partes y de forma sobrevenida, las circunstancias que dotaron de sentido la base o finalidad del contrato cambian profundamente las pretensiones de las partes, lo que cabe esperar en este contexto es la adaptación o revisión de acuerdo al cambio operado.
Importe: Colegiados, trabajadores y entidades colaboradoras: GRATUITO No colegiados: 50 €
Esta jornada es válida para la formación continua para el ejercicio de las funciones de las personas que integran las categorías B y C del Real Decreto 764/2012, de 11 de junio, y de la Resolución de la DGSFP de 18/2/2011 por los que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros, corredores de reaseguros y otras personas que participen directamente en la mediación de los seguros y reaseguros privados.
EL PROFESORADO
GONZALO ITURMENDI MORALES
Gonzalo Iturmendi Morales, Abogado, Socio y Director de Bufete G. Iturmendi y Asociados, S.L.P., Miembro del Consejo Académico de la Fundación Fide y Secretario General de AGERS.
Moderador: José Maria Pujol, vocal de Formación de la Junta del Colegio de Mediadores de Seguros de LLeida