¿A qué te obligas al contratar un seguro de autos o de hogar? (La Vanguardia)
28.12.18
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No conocer el compromiso adquirido no nos libera de su cumplimiento
CARLOS SOLÍS Publicado a 28-12-2018 1:47
Un acto tan común y habitual como la contracción de un seguro para nuestro coche o para nuestro hogar, supone una serie de derechos y obligaciones de hondo calado e importantes consecuencias, por lo que se hace muy necesario tener conocimiento de ello para poder saber cómo actuar en cada situación.
Nos centraremos en las obligaciones, y más concretamente en las relacionadas con la contracción del seguro por parte del particular propietario o poseedor del bien asegurado, que se denomina tomador del seguro.
Estás obligaciones vienen recogidas en la Ley de contrato de seguro, por lo que son de obligado cumplimiento, no pudiendo alegarse su desconocimiento para evitar o justificar su incumplimiento.
La primera obligación es la obligación de pagar la prima del seguro, y aunque parezca sorprendente, es la que más conflictividad genera. El obligado al pago es el tomador del seguro, con independencia de que sea el que utilice el bien objeto del seguro, que deberá abonar la prima según las condiciones estipuladas en el contrato de seguro.
El impago de la prima surgirá efectos siempre que sea por culpa del tomador, con la aplicación de ciertos efectos, sobre todo frente al tercero perjudicado. En este punto es necesario indicar que en los siniestros donde el vehículo responsable de los daños carezca de seguro en vigor será el Consorcio de Compensación de Seguros el que se ocupe de indemnizar a los perjudicados, procediendo a continuación a repetir dichos importes al propietario del vehículo no asegurado.
La segunda obligación es la de comunicación del siniestro, una comunicación que se debe realizar en un plazo máximo de 7 días, desde que se haya conocido la ocurrencia del mismo. En los siniestros relacionados con un vehículo es muy común que exista cierta inmediatez, entre la ocurrencia del siniestro y el conocimiento del mismo, pero en los seguros de hogar se pueden dar situaciones donde pueden pasar varias semanas o meses, hasta que se sepa que hay un siniestro. Por ejemplo, en el caso de viviendas que no están ocupadas, segundas residencias, o en los casos de daños por agua, que pueden tardar mucho tiempo en ser visibles, o en exteriorizarse los daños.
En tercer lugar, y relacionado directamente con la anterior, está la obligación de colaboración con la aseguradora, proporcionando toda clase de informaciones, sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, que le sea requerida desde la entidad aseguradora.
En cuarto lugar está la obligación de minimizar las consecuencias del siniestro es decir poner todos los medios a su alcance, y dentro de sus posibilidades, para evitar que el siniestro siga causando daños. Entre las medidas más habituales, en el caso del seguro de hogar, nos encontramos con medidas como por ejemplo cerrar conductos generales en el caso de daños por agua, o detener el vehículo ante la indicación de un fallo en su funcionamiento, en el caso del seguro de vehículos, que impida que se causen daños adicionales al continuar la marcha del citado automóvil.
En quinto lugar está la obligación de declarar, al contratar el seguro, de todas circunstancias que conozca y que puedan ser importantes en la valoración del riesgo relacionado con el seguro que están contratando. En este punto es importante aclarar que el tomador tiene obligación de responder al cuestionario que le aporte la entidad aseguradora, ofreciendo información veraz y correcta.
Así por ejemplo en el seguro de hogar es informar de las medidas de seguridad que presenta la vivienda, o de los materiales en los que está construida, siempre que ello sea preguntado dentro del propio contrato de seguro, o como documento anexo, por la aseguradora.
No cumplir correctamente con esta obligación puede ocasionar graves perjuicios para el asegurado en el caso de que ocurra un siniestro, siendo posible que se reduzca proporcionalmente la indemnización que correspondería por el mismo.
De igual modo, en el seguro de automóvil es muy importante informar sobre todas las cuestiones que se planteen, tales como uso y utilización que se va a realizar con el bien, si es uso profesional o particular, si es uso esporádico o habitual, si va a ser utilizado para arrastrar un remolque, etc.