Cómo protegen las grandes compañías a la alta dirección (Expansión)
13.09.19
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ALEJANDRO GALISTEO MADRID 12 SEP. 2019 – 08:17
Las multinacionales contratan pólizas especiales para cubrir los errores de gestión que, en su nombre, cometan sus administradores y ejecutivos.
Durante el último año, el caso Villarejo no ha hecho más que sumar episodios. Entre otros frentes, las relaciones del excomisario han salpicado a BBVA. Y es que, el pasado julio, la Audiencia Nacional citó a declarar como investigados a nueve altos cargos de la entidad financiera en la instrucción del caso BBVA-Villarejo. Desde el momento en el que se produjo la citación, un tercer actor entró en juego: Mapfre. La aseguradora española es la titular de la póliza de alta dirección de BBVA, por lo que, hasta que no concluya el proceso judicial, será la encargada de asumir los costes de defensa de los nueve directivos del banco. Pero, ¿qué pasa con los consejeros que ya no están en la entidad financiera?; si Mapfre paga la defensa, ¿también elige a los abogados?; ¿qué ocurre si finalmente los investigados son declarados culpables?
Las respuestas a estas preguntas se encuentran en su seguro de responsabilidad civil para la alta dirección y administradores. «Son pólizas que contrata la empresa a aseguradoras para cubrir las actuaciones que los altos cargos realizan derivadas de su posición y en nombre de la compañía. Es decir, los perjuicios que puedan ocasionar a terceros por la gestión de la empresa», señala Luis Alfonso Fernández, socio de seguros y reaseguros de Hogan Lovells.
Así, los perfiles que suelen contar con seguros de este tipo (distintos a los de responsabilidad civil con los que deben contar todos los trabajadores de una empresa) son, de forma general, administradores, consejeros y directivos. «Hay que ver si también se extiende a aquellos que ejercen tales funciones aunque no estén reconocidos formalmente», señala Fernández.
Cada empresa categoriza a sus responsables de forma diferente, pero las personas que dirigen a un amplio número de personas y cuya actividad puede afectar al negocio de la empresa son las que cuentan con esta cobertura. Además de los propios altos cargos, este tipo de pólizas incluyen a sus familiares más directos, como el cónyuge o los herederos. «La responsabilidad cada vez es más amplia y compleja, alcanzando el propio patrimonio personal del directivo. Por eso, es importante que la pareja y los hijos de éste estén recogidas en el seguro», afirma Beatriz Rodríguez, socia de DAC Beachcroft.
¿Qué se asegura?
Las pólizas de alta responsabilidad de dirección se conocen en el ámbito de los seguros como D&O (director and officer, por sus siglas en inglés) y fundamentalmente protegen dos casuísticas. Por un lado los actos de gestión negligente. «Las pólizas atienden cualquier indemnización a un tercero afectado, así como otros gastos relacionados con la reclamación, como pueden ser los gastos de restitución de imagen pública, los gastos de crisis o la asistencia legal en caso de investigación por parte de un regulador con el riesgo de eventuales sanciones administrativas», señala Javier Ybarra, director de riesgos financieros y profesionales de Marsh.
En segundo lugar, y donde más problemas suelen aparecer cuando se ponen en marcha este tipo de pólizas, es en los gastos de defensa. «La aseguradora cubre toda la cuantía del procedimiento judicial abierto contra los asegurados», explica Rodríguez. Esto es especialmente delicado por varios motivos.
En primer lugar, los gastos de defensa pueden elevarse por encima del valor de los capitales asegurados. «Por ejemplo, en los procesos de tipo penal, los asegurados son los que eligen al despacho que lleva su defensa; y los honorarios de los abogados pueden ser elevados», afirma la socia de DAC Beachcroft.
Así, los costes de defensa jurídica que deben asumir las aseguradoras se comen buena parte de las cantidades aseguradas y, en ocasiones, su importe total puede llegar a ser mayor que el de la indemnización si el juez resuelve la demanda de forma favorable al investigado. Si finalmente el asegurado es condenado en sentencia penal, la aseguradora puede reclamar la devolución de los costes de defensa. No es extraño que en estos casos la restitución sea muy complicada, ya que el sentenciado suele declararse insolvente. Por eso, las entidades exigen en ocasiones la constitución de garantías que les aseguren la devolución. «Adicionalmente a los gastos de defensa, que pueden llegar a incluir pruebas periciales, la póliza recoge una garantía de finanzas que resulta crítica para poder preservar la integridad del asegurado cuando los procedimientos se inician en la vía penal y se plantean esta clase de medidas cautelares por parte de los tribunales», explica Ybarra.
Duración de la póliza
Otra de las cuestiones que generan polémica es la cuestión temporal. Las pólizas cubren las reclamaciones presentadas durante la vigencia del contrato, que suelen ser anuales. Sin embargo, existe un periodo de retroactividad hacia el pasado que, en España, puede ser ilimitado. «Así, cualquier reclamación que se reciba con relación a hechos del pasado debe tener cobertura incluso aunque el cliente, en el momento de los hechos, no tuviera un seguro en vigor», afirma Ybarra. Por su parte, el periodo de descubrimiento es a futuro y se suele utilizar como una ventanilla de tiempo para proteger a consejeros jubilados o a directivos que ya no trabajen en la empresa.
Reclamaciones por la gestión de los ejecutivos
Directivos de BBVA y su relación con Villarejo. En julio, la Audiencia Nacional citó a declarar a Ángel Cano, ex consejero delegado de BBVA, junto a otros ocho altos cargos de la entidad. En su contrato con el banco, todos ellos están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil de alta dirección de Mapfre. Así, de momento, la aseguradora española se hará cargo de los costes de defensa que suponga el proceso judicial a todos los investigados, sigan o no trabajando en BBVA.
Caso Bankia y el uso de las tarjetas black. El caso Bankia protagonizó un controvertido episodio en este tipo de coberturas. En 2014, la Audiencia Nacional rechazó la petición de Miguel Blesa, expresidente de Caja Madrid, para que Mapfre pagara una fianza de 16 millones de euros que debía afrontar por el escándalo de las tarjetas black. Esta decisión cerró la puerta a una solicitud similar de Rodrigo Rato. Ambos estaban incluidos en la póliza contratada por Bankia con Mapfre.
No comunicar información relevante en una operación. En 2013, una entidad financiera demandó a los directivos de una compañía por no comunicar una información relevante cuando llegaron a un acuerdo de financiación por valor de 13 millones y medio de euros con el banco. Los movimientos de tesorería que había proyectado la empresa mostraban que el préstamo era insostenible. El banco acusó a los directivos de proporcionar información engañosa.
Incumplimiento de contrato de suministros. Un fabricante de televisores firmó un contrato de suministro exclusivo con un vendedor, pero el fabricante incumplió lo pactado violando una cláusula de propiedad industrial. El vendedor decidió no pagar al fabricante, quien formuló una demanda contra el fabricante y contra sus administradores, reclamando el pago de los suministros. El Supremo condenó a la sociedad y a sus administradores al pago de 600.000 euros.
Demanda de los socios frente a un administrador. Los socios de una empresa demandaron a uno de los administradores por la compra de ladrillos y componentes telefónicos por un importe muy superior al de mercado. El tribunal entendió que la compra de los ladrillos por un precio superior al de mercado no puede calificarse de diligente. Por tanto, el administrador fue condenado a resarcir a la sociedad por el importe de la cantidad pagada de más.
Perjuicio a un tercero por dilatación de plazos. Los directivos de una compañía de construcción fueron demandados por las pérdidas sufridas por un arquitecto que confió en las repetidas garantías de uno de los ejecutivos sobre que el compromiso de realización del contrato había sido aceptado por la empresa. Sin embargo, la ejecución de la obra se retrasó dos años, la constructora rompió el contrato, pero el tribunal estimó que este periodo no podía considerarse como un motivo para incumplir el pacto verbal.