¿Cubre el seguro los daños del atropello de animales? (La Vanguardia)
22.02.19
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Todos los años se producen alrededor de 14.000 accidentes de estas características
JOAN MORALES Publicado a 18-02-2019 9:35
La colisión con un animal es un tipo de accidente relativamente frecuente. Y cuando el animal tiene un tamaño considerable, el siniestro supera la simple anécdota a lamentar, pasando a ser de consecuencias considerables, como mínimo respecto a los daños materiales al vehículo, cuando no a las personas que lo ocupaban.
Según un estudio publicado en 2011 por la Dirección General de Tráfico (DGT) y realizado por el RACC, son unos 14.000 los accidentes de circulación con animales que se producen a largo de un año, de los cuales cerca de 400 causan víctimas personales, la mayoría heridos leves, pero también cada año se registran unas cuantas decenas de heridos graves y todos los años hay que lamentar algunas víctimas mortales (9 en 2009, por ejemplo).
De estudios más recientes de la misma DGT (año 2015) se desprende que el número de accidentes con animales en los que se han generado víctimas ha seguido aumentando (583 en 2014). A modo de resumen podemos destacar los siguientes datos:
El 80% de los accidentes con animales se producen en carreteras convencionales.
Otoño y primavera son las estaciones con mayor número de accidentes.
Las Comunidades Autónomas con mayor número de accidentes con animales son Galicia, Castilla y León, Aragón y Cataluña.
El 38% de las colisiones son animales domésticos, mayoritariamente perros.
El 33% de la colisiones son con jabalíes, el 17,5% corzos, el 4,2% ciervos y un 3,7% zorros.
Conducción preventiva
Lo mejor es prevenir, como ya sabemos. Al circular en circunstancias en que el riesgo es mayor, conviene aumentar nuestra atención y conducir preventivamente. ¿Qué hemos de tener en cuenta?
En las horas crepusculares y durante la noche aumenta el riesgo de colisión con animales, especialmente los animales salvajes. Más si circulamos por vías que atraviesan zonas ricas en este tipo de fauna.
La señalización vial suele advertirnos de que nos encontramos enzona donde es habitual que cruce fauna salvaje.
Evitar los ‘volantazos bruscos’, procurando esquivar el animal. Si ello no es posible, frenar sujetando el volante con firmeza.
Ocurrido el accidente, señalizar.
¿Puedo reclamar?
A este respecto debemos distinguir diferentes circunstancias:
Animales cinegéticos: Los cambios legislativos introducidos en 2014 en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (confirmados posteriormente en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre), conllevan que, salvo determinadas circunstancias, la responsabilidad en el atropello de animales de especies cinegéticas recae sobre el conductor del vehículo.
Tan solo existirá exención de esta responsabilidad y, por consiguiente, posibilidad de reclamación contra un tercero responsable cuando:
Que dicho accidente sea consecuencia directa de una acción de cazacolectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél. En este caso será responsable el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos.
En el caso de los animales domésticos sueltos atropellados, si el animal llevaba un chip que permita localizar a su dueño, podrá iniciarse una acción de reclamación contra este.
En lo referente al ganado y los animales en general, cabe tener en cuenta que el conductor tiene preferencia de paso respecto a los animalesexcepto:
En las cañadas señalizadas.
Cuando vaya a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya animales cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando animales que no dispongan de cañada.
¿Estoy asegurado?
En lo referente a los daños sufridos por las personas que ocupaban el vehículo y no eran el conductor responsable del accidente, existirá cobertura desde el seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
Este mismo seguro responderá de los daños causados a animales del atropello de los cuales sea responsable el conductor (ganado en cañadas señalizadas, por ejemplo).
Respecto de los daños al propio vehículo, los aseguradores vienen comercializando una cobertura de daños por colisión con animales, que cubre este tipo de circunstancias.
Se trata de una cobertura que va extendiéndose en el mercado asegurador español y sobre la que es muy recomendable atender a su contratación, especialmente si nuestro vehículo va a circular por vías en que este tipo de colisiones es relativamente frecuente. Hay que tener en cuenta algunos detalles:
Algunos aseguradores ofrecen una cobertura de daños materiales por colisión con ‘animales cinegéticos’ otros por colisión con ‘animales cinegéticos y domésticos’, otros por colisión con ‘animales’. Habrá que estar atentos al texto del condicionado.
Existen aseguradores que ofrecen esta garantía de manera automática en todos sus productos de seguro del automóvil y otros solo lo hacen en productos de gama media (del tipo ‘terceros completo’) y alta gama (‘daños propios’, más conocido como ‘todo riesgo’).
También hay aseguradores que ofrecen esta cobertura como opcionaly deberá ser contratada expresamente si se desea contar con ella.
Esta cobertura es también interesante aunque se haya contratado el seguro de daños propios al vehículo. Por dos razones: no será aplicación la franquicia que suele contratarse con esa garantía y no se perjudicará el sistema de bonus malus de la misma.
Para poder iniciar acciones de reclamación si fuera posible y también para evitar posibles fraudes (colisiones que no ocurrieron con animales), los aseguradores suelen requerir pruebas fehacientes del accidente con un animal. Lo habitual es la exigencia de atestado policial.
También para asegurar nuestros vehículos conviene asesorarse convenientemente con un mediador de seguros profesional y encontrar la mejor solución a nuestras necesidades.