Nota Consorci de Compensació d’Assegurances – Tempestes “GAETAN”, “HORTENSE” i “IGNACIO”
27.08.21
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Madrid, 29 de julio de 2021
1.- Acaecimiento de tres tempestades entre los días 19 y 24 de enero de 2021.
Una vez recibidos los informes solicitados a la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) conforme a lo previsto en la legislación del seguro de riesgos extraordinarios y las aclaraciones complementarias que han sido solicitadas por el CCS de oficio y a petición de las entidades aseguradoras, según los casos, ha resultado constatado que, en el periodo de 19 a 24 de enero de 2021, se produjeron tres episodios de tempestad ciclónica atípica (TCA) en su modalidad de viento extraordinario.
Las recientes aclaraciones complementarias antes citadas aportadas por la AEMET han dado lugar, además, a la extensión de la delimitación geográfica de estos episodios y a la consiguiente incorporación por el CCS de nuevas zonas en las que se estima que, con una razonable probabilidad, las rachas de viento pudieron superar el umbral de velocidad -120km/h- que define el fenómeno de la tempestad ciclónica atípica.
2.- Tratamiento conjunto de los tres episodios.
Se trata, en sentido estricto, de diversas tempestades que se produjeron de forma inmediatamente sucesiva, por lo que el CCS, de acuerdo con las entidades aseguradoras, ha optado por dar un tratamiento conjunto a las diversas tempestades a los efectos de la gestión de las indemnizaciones derivadas de contrato de seguro.
Así, se ha considerado un solo episodio el integrado en realidad por tres tempestades, las conocidas como “Gaetan”, “Hortense” e “Ignacio”.
Fecha / Periodo 19 a 24 de enero de 2021 (tempestades Gaetan, Hortense e Ignacio)
Descripción del episodio TCA en amplias zonas de la península y de Baleares. Relación de términos municipales afectados Mapa ilustrativo
3.- Procedimiento de gestión de las indemnizaciones a los asegurados: aplicación del Convenio celebrado entre UNESPA y el CCS el 14.11.2011
El CCS comunica que indemnizará los daños que, como consecuencia del viento, hubieran sufrido durante los días citados los bienes asegurados y situados en dichos municipios (pinchar en los enlaces resaltados).
Por su especial intensidad, amplitud y diversidad de las zonas afectadas, el CCS estima, con la información disponible, que estas tres tempestades han generado, en su conjunto, decenas de miles de siniestros a cargo del CCS.
Por el motivo anterior, y una vez consultado el parecer de las entidades aseguradoras, el CCS considera de aplicación, de forma conjunta para estos tres episodios, el “Convenio de colaboración sobre gestión de siniestros y de reembolsos derivados de los mismos con motivo del acaecimiento de riesgos extraordinarios”, celebrado el 14 de noviembre de 2011 entre el CCS y la asociación empresarial del seguro UNESPA para la gestión de determinadas siniestralidades de TCA y de los reembolsos derivados de las mismas.
En consecuencia:
a. Con carácter general, si algún asegurado aún no hubiera comunicado sus daños deberá hacerlo a su entidad aseguradora, en lugar de hacerlo al CCS.
b. El CCS reembolsará posteriormente a las entidades aseguradoras las indemnizaciones que hubiesen abonado a sus asegurados.
c. Con arreglo a la estipulación Décima del “Convenio de colaboración sobre gestión de siniestros y de reembolsos derivados de los mismos con motivo del acaecimiento de riesgos extraordinarios”, el CCS y UNESPA suscribirán próximamente la correspondiente adenda al Convenio para recoger, en un documento único y de forma conjunta, los aspectos concretos de la tramitación, peritación y pago de los siniestros de los citados tres episodios.