El dilluns entra en vigor la llei del desnonament exprés d’ocupes (La Vanguardia)
29.06.18
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Quedan excluidos de este procedimiento los fondos de inversión, promotoras, entidades privadas, bancos y fondos buitres cuyas viviendas sean ocupadas
REDACCIÓN Actualizado a 29-06-2018 7:06
El próximo lunes día 2 de julio está señalado en rojo en el calendario de muchos propietarios particulares de viviendas en España. Es la fecha en la que está prevista para que el BOE publique y, en consecuencia, entré en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) 5/2018. Y la noticia para esos propietarios es que la LEC aprueba el desalojo exprés de ocupas de viviendas en menos de 20 días. Todo un bálsamo ante los procesos judiciales de desahucio que en la actualidad pueden llegar a alargarse más de 2 años.
Debemos tener en cuenta que, según datos de la Oficina de Viviendas Ocupadas, la ocupación ilegal ha aumentado un 15% entre septiembre de 2017 y febrero de 2018 en España, hasta situarse casi en las 4.000 viviendas. Madrid es la ciudad que registra más ocupación ilegal con más de 2.500 casas ocupadas.
La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil sentencia que “la okupación ilegal no puede ser una forma establecida y tolerada de acceso a la posesión de una vivienda, no puede ser tampoco la vía de acceso al derecho constitucional a una vivienda”.
Los desahucios exprés podrán llevarse a cabo cuando la vivienda ocupada ilegalmente esté en manos de ciudadanos particulares, entidades sociales sin ánimo de lucro o la administración pública. En este caso, afirman expertos de DAS Seguros, podrán pedir “la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privado de ella sin su consentimiento”.
Quedan excluidos de este procedimiento los fondos de inversión, promotoras, entidades privadas, bancos y fondos buitres cuyas viviendas sean ocupadas. Además, la LEC también excluye del desahucio exprés a los propietarios de viviendas cuyo inquilino deja de pagar el alquiler.
El procedimiento
El primer paso que debe llevarse a cabo para poder acogerse a esta tipología de desalojo es interponer una demanda de desahucio y notificarla a cualquier persona que en ese momento esté ocupando la vivienda. Por este motivo, fuentes de DAS Seguros aconsejan a los afectados recurrir a los servicios de un abogado especialista.
Una vez la demanda es admitida a trámite, “se requerirá a los ocupantes que aporten en el plazo de 5 días la documentación que les otorgue la posesión legítima de la vivienda”, informa la aseguradora.
En caso de no aportarse la documentación requerida el tribunal ordenará el desalojo inmediato y no recurrible de la vivienda que, así mismo, será de aplicación a toda persona que se encuentre dentro del inmueble el día del desahucio. DAS seguros subraya que “esta ley permite que la ejecución de la sentencia pueda aplicarse sin la necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la LEC”.
Razones de la ocupación ilegal
Los expertos aseguran que existen distintas razones que explican el auge de la ocupación ilegal de viviendas en España. Un reciente estudio tituladoLa ocupación ilegal: realidad social, urbana y económica arroja por primera vez cifra la ocupación de viviendas en 87.500 personas.
Además, el informe ofrece más datos de relevancia: las Administraciones han de dedicar recursos públicos a servicios de vigilancia y seguridad; y el valor de una vivienda ocupada se reduce entre un 40% y un 60%. En este contexto, las razones que explican este volumen de ocupación ilegal incluyen los altos índices de pobreza, la ausencia de un parque significativo de vivienda social (el 1% frente al 20% y 30% de países como Alemania u Holanda) y la existencia de un inmenso número de viviendas vacías (3,5 millones según cálculos del propio mercado inmobiliario).
Nuevos modelos de negocio
Además, esta realidad ha provocado el surgimiento de nuevos modelos de negocio alrededor de la ocupación ilegal, como empresas dedicadas a gestionar el desalojo de los ocupantes. También hay compañías aseguradoras que ofrecen cobertura legal en caso de sufrir una ocupación ilegal en sus pólizas del hogar. Bufetes de abogados prestan servicios de asesoría y cada vez es más común encontrar ofertas de puertas blindadas y cerraduras antibumping.