Un jutge obliga una asseguradora a pagar 22.500 euros a un bar de Granada pel tancament en pandèmia (SegurosNews)
14.01.22
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La juzgadora entiende que la póliza cubría la paralización de actividad por cualquier siniestro, incluido el cierre por pandemia, y que de no haber estado cubierto la aseguradora debería haber excluido este riesgo de manera expresa.
La sentencia cuestiona si las cláusulas de la póliza suponen una limitación del riesgo del asegurador o del derecho del asegurado, concluyendo que cualquier causa de paralización de la actividad está cubierta por la póliza, salvo que haya sido expresamente excluida y así lo haya aceptado el asegurado, según ha relatado a Europa Press el abogado que ha llevado el caso, Antonio Estella, quien ha mostrado su satisfacción con la sentencia.
Esta sentencia se une a la decretada por un juzgado de Girona en el mismo sentido, aunque desde distintas instancias del sector siempre han defendido que estas sentencias no tienen recorrido jurídico, ya que para que se active el lucro cesante en la póliza debe haber un daño material.